Existe un nuevo instrumento, aparentemente menos coercitivo, denominado «justicia reparadora». Esta idea de justicia se basa en el principio de la «reintegración de la víctima y el reo», partiendo de la idea de la irreparabilidad de la injusticia y la creación de nuevas relaciones de confianza.
La justicia reparadora tiende a un reencuentro de la persona condenada con la persona que ha sufrido el daño, subrayando que, aunque este acercamiento no puede compensar ni sustituir el daño realizado, sí puede crear nuevas relaciones humanas tendentes a una reinserción del preso en la sociedad. Los documentos de estudio de este proceso identifican fases e instrumentos sobre los que se basa la justicia reparadora. Es útil verlos sintéticamente para tener muy clara la finalidad y metodología de este nuevo instrumento del mundo carcelario.
Las fases:
1.- Participación del reo, de la víctima y de la comunidad en la solución del conflicto.
2.- Reconocimiento de la víctima y reparación de la ofensa.
3.- Auto-responsabilización del reo.
4.- Implicación de la comunidad en el proceso de reparación.
5.- Consenso de las partes implicadas.
6.- Confidencialidad de la mediación.
7.- Voluntariedad del acuerdo entre las partes.
En otras palabras, la justicia reparadora tiende a una forma de autodenuncia-admisión de la propia acción, una acción que se vacía de todo carácter de análisis social o político, pero que, como portadora de un daño inducido a terceros, es asumida como tal; esta asunción de «responsabilidad» ocurre por parte del preso a través de un diálogo con la víctima (o quien lo es para él, como veremos) y la comunidad territorial de referencia. Si tengo culpa, debo necesariamente reconocer a mi víctima, que no es solo a ella a quien he dañado directamente, sino a toda la comunidad de referencia.
El acento puesto por este proyecto sobre la dimensión «humana» y dialogante que instituye, despolitiza todos los aspectos comprendidos en la cárcel, reduce el hecho a la sola dimensión del individuo que, siempre como individuo, pide perdón por su propia culpa. Un proceso peligroso porque anula la dimensión de clase que está en la base de la cárcel, porque anula la dimensión de conflictividad y porque refuerza la idea de que cada proceso es individual: todo «delito» es solo un daño en el que hay un culpable y una víctima.
La sociedad basada en la explotación es ocultada también desde hace tiempo por este teatro. La historia del «delito» es una historia individual, la del prisionero que se acerca a la víctima es historia de individuos, sin ninguna dimensión colectiva, ninguna ligazón entre la acción y el contexto sociopolítico de referencia. ¿Y qué instrumentos se adoptan para la puesta en escena de esta obra falsaria?
El proyecto de justicia reparadora identifica algunos:
1.- La mediación entre autor y víctima.
2.- Las disculpas formales.
3.- Los encuentros entre víctimas y autores de delitos análogos: cuando no es posible el encuentro entre reo y víctima, se organizan encuentros entre el reo y víctimas de delitos similares que supuestamente han vivido una misma situación.
4.- Los encuentros de mediación prolongada, extendidos a los familiares.
5.- El grupo de discusión con moderador.
A todo esto se añade una redefinición del léxico durante estos encuentros, donde los presos se convierten en «huéspedes» de la estructura carcelaria, y los carceleros en «trabajadores-asistentes». Un lenguaje que se lava la cara conflictiva para sacar a escena la ficción de la cárcel como lugar de pacificación de los conflictos sociales y de la perfecta reinserción del preso.
Obviamente, aparte de estas bonitas palabras, hay que considerar los primeros efectos ya visibles de la aplicación de este proyecto. Los detenidos que participan en él comienzan a acceder con más facilidad a los pocos beneficios que concede la cárcel, asumen cada vez más la lógica de su propia culpabilidad y de la necesidad de vivir en la cárcel como un castigo justo. Se crea así una posterior diferenciación, una posterior grieta en el detenido, que tiene como objetivo la fragmentación social y la prevención de cualquier forma de oposición y conflicto hacia el sistema de injustica que encierra.
En síntesis, este instrumento tiende a: hacer aceptar el concepto de «justicia»; reducir el hecho a una relación entre reo y víctima donde el Estado desaparece, relegando todo a un plano de «orden social» sin ninguna dimensión política; diferenciar a los detenidos entre quien acepta esta vía, obteniendo algún beneficio, y quien no, que será posteriormente aislado.
También en esta caso nos hallamos en una fase de experimentación, en la que encontramos la nueva cárcel italiana de Nuchis (una de las nuevas estructuras construidas con el Plan Cárceles), que desde hace algunos años lleva adelante este proyecto junto a la ciudad de Tempio, denominado «ciudad restauradora», la ciudad de la redención y la pacificación.
Es totalmente necesario, sobre todo porque ahora está en fase experimental, analizar esta práctica que, alimentada por una pátina humanitaria y social, tiene el peligro de convertirse en un importante instrumento de aniquilación de las luchas.
Laura Gargiulo
Publicado en Tierra y libertad núm.354 (enero 2018)